Para pertenecer a Hidalgos de España, el solicitante deberá probar su condición de noble, según lo establecido tradicional y legalmente en España.
Hidalgos de España, de acuerdo con la legislación y jurisprudencia nobiliaria, distingue tres tipos de nobleza:

 

  • La nobleza de sangre o hidalguía, que es aquella que se tiene por el hecho de haber nacido de padre hidalgo con capacidad para trasmitir esta condición a sus hijos. Las esposas de los hidalgos poseen la condición de hidalgas.

  • La nobleza de privilegio, entendida como la que emana de la voluntad del Soberano. Esta nobleza puede ser personal o hereditaria.

  • La nobleza de cargo, que la ostentan quienes desempeñen determinados cargos, civiles o militares, que la llevan aneja.

 

La posesión de la nobleza personal durante tres generaciones consecutivas, por línea de varón, da origen a la nobleza de sangre.

La nobleza de sangre habrá de probarse mediante tres actos positivos de nobleza en tres antepasados del solicitante a ingreso en la Asociación, por línea de varón. En el caso de presentar una Carta Ejecutoria o Real Provisión de Hidalguía dictada por las Chancillerías Castellanas o Documentos de valor similar de los Organismos judiciales de los otros Reinos, Condados y Señoríos de España, basta con esta prueba, calificada como plena.